Preguntas frecuentes
Información institucional
Una EPSV es una organización sin ánimo de lucro que se dedica a gestionar planes de ahorro para la jubilación, de manera voluntaria, complementando las prestaciones públicas.
Las personas socias de LagunAro, EPSV son de dos tipos: protectores y de número.
- Son socios protectores las entidades constituidas como Cooperativas que contribuyen al sostenimiento y desarrollo de la Entidad, colaborando directamente en su gestión y administración, previa solicitud y admisión expresa del Consejo Rector.
- Son personas socias de número o mutualistas, las personas socias trabajadoras y de trabajo de Cooperativas (socias-protectoras de LagunAro, EPSV).
- Pensionistas (que provengan directamente de la situación de activo o de excedencia cotizando) y sus beneficiarios/as, en el momento del pase de la situación de persona mutualista activa a pensionista (a cambio de una cuota mensual).
- Cónyuges o parejas de hecho de mutualistas activos (a cambio de una cuota mensual).
- Hijos/as de personas mutualistas activas, o de sus cónyuges o parejas de hecho (revisa las condiciones de esta figura).
- Mutualistas mayores de 55 años que causen baja en su cooperativa y continúen cotizando a LagunAro para las prestaciones de jubilación, viudedad, incapacidad permanente y convenio especial (que provenga directamente de la situación de activo) y sus beneficiarios, en el momento del pase de la situación de persona mutualista activa a cotizante de capitalización (a cambio de una cuota mensual).
Son 11 agrupaciones de cooperativas (socias-protectoras) que se han formado en base a criterios de integración empresarial, proximidad geográfica, actividad y número de mutualistas.
Estas comunidades tienen un doble objetivo:
- Conseguir que los niveles de gastos por beneficiarios/as o mutualista sean auto compensados en colectivos lo suficientemente amplios.
Ejemplo: Reparto de bonificaciones y penalizaciones (Asistencia Sanitaria e Incapacidad Temporal). - Asesorar al Consejo Rector sobre cuestiones estatutarias, reglamentarias y de su aplicación.
Ejemplo: Propuesta de candidatos para el Consejo Rector, incorporación a la comunidad de nuevas Cooperativas socios protectores...
El Consejo Rector se compone de trece miembros cada uno de los cuales representa a una de las Comunidades Mutualistas. Son mutualistas de LagunAro y son elegidos por la Asamblea General.
El Consejo Rector cuenta con un presidente, elegido por la Asamblea General, así como con un vicepresidente y un secretario, nombrados por el Consejo Rector de entre sus miembros. El resto de los miembros del Consejo Rector son vocales.
Asistencia Sanitaria
Sí, se deberá solicitar en el momento que se formalice la baja por excedencia.
Catálogo de Servicios Médicos
* Independientemente del día en que se tramite el alta o la baja como persona beneficiaria especial de la prestación de asistencia sanitaria, se abonará la cuota mensual completa.
Liquidaciones
Puedes consultar el desglose de la cotización al RETA en el informe " TARIFAS, BASES, SUPLEMENTOS Y APORTACIONES ", accesible desde este Portal.
En el listado "RESUMEN, CUOTAS Y PRESTACIONES/CUOTAS/RETA-Bases, Cuotas y Bonificaciones" se especifica qué tipo de bonificación o bonificaciones tiene una persona socia, los importes bonificados y la cuota a liquidar una vez descontadas las bonificaciones.
Prestaciones Familiares
Si, las familias monoparentales tienen derecho a 10 semanas adicionales de disfrute.
Si no estás de acuerdo con la resolución de tu solicitud, tienes derecho a presentar una reclamación en un plazo de 30 días hábiles desde la recepción de la notificación.
No, si no está en activo, no existe el riesgo laboral con lo cual no podrá solicitar dicha prestación.
Las seis primeras semanas son obligatorias al 100%. El resto, se pueden disfrutar al 100% o al 50%, en periodos semanales. No tienen otra opción de parcialidad.
Para poder disfrutar del periodo adicional de los dias de ingreso de la persona menor, debe de haber un ingreso de 7 dias mínimo, para ampliar la prestación. En ese caso, se debe enviar la hoja de hospitalización, con la baja y alta del ingreso a LagunAro.
Incapacidad Temporal
Comunicar a tu cooperativa lo antes posible para que te pueda facilitar el documento VSAS y así puedas acudir al centro de FREMAP que te indiquen. En los casos de máxima urgencia y fuera del horario de FREMAP, podrás acudir al servicio público de salud, pero después siempre tendrás que acudir a FREMAP.
Sí, las citas de inspección médica son obligatorias hasta el día que tengas un ALTA. Si estas de alta, deberá llamar a LagunAro para anular la cita con inspección.
LagunAro no cubre los gastos de desplazamiento. Deberá contactar con la cooperativa para más información.
La persona mutualista en situación de Incapacidad Temporal podrá pernoctar fuera de la localidad de su domicilio habitual, bajo su responsabilidad y siempre que el desplazamiento no resulte perjudicial para la más pronta recuperación de su proceso de Incapacidad Temporal.
Durante estos desplazamientos, la persona mutualista deberá estar localizable en todo momento, y se mantiene la obligación de acudir a los reconocimientos médicos a los que sea citada, tanto por el Servicio Médico de LagunAro, EPSV como por el Servicio Médico de la Cooperativa.
(1) Desplazarse: es pernoctar fuera del domicilio habitual.
Ayuda al Empleo
En caso de baja médica, recibirás la prestación correspondiente; cuando se de por concluida esa situación podrás solicitar la prestación de duración determinada.
Debes enviar tu vida laboral a mdd@lagunaro.es y recibirás la prestación correspondiente a los días que has estado en paro.
Abonamos la prestación el día 15 de mes. Al recibir la vida laboral, enviamos una respuesta automática con las indicaciones; si no la has recibido, revisa la dirección mdd@lagunaro.es
Si cumples con los requisitos para acceder a la prestación, envía tu vida laboral en formato pdf a la dirección mdd@lagunaro.es
Jubilación
Si estas aún en plazo, devuelve el recibo y si no lo estás, solicita la devolución de la cuota en la Seguridad Social.
Sí, sólo tienes que indicarnos cuál quieres que sea tu retención y te aplicaremos dicho porcentaje a partir del mes en el que nos lo comuniques.
Arogestión
60 € para las aportaciones regulares y 300 € para las extraordinarias.
Si, nos deberás hacer la petición por escrito indicando que deseas que hagamos las gestiones oportunas para solicitar el traslado entre EPSVs. Desde Arogestión haremos la petición.
Para poder percibir la prestación de Arogestión deben ocurrir las siguientes contingencias:
Jubilación, Incapacidad Permanente Absoluta, Gran Invalidez o Incapacidad Permanente Total Cualificada.
La prestación consistirá, a opción de la persona socia de número u ordinaria, en la percepción, en forma de pago total o parcial de los derechos acumulados, o en una renta temporal mensual, trimestral o anual, pagadera a partir del hecho causante.
La persona socia de número u ordinaria, que haya optado por el pago de la prestación en su modalidad de renta, podrá solicitar, en cualquier momento, la modificación de dicha renta, así como el pago total o parcial de los derechos acumulados pendientes de cobro.
Para más información consultar Reglamento de Prestaciones.
Según la legislación actual, si se percibe la prestación en forma de renta temporal, tiene la consideración de Rendimiento de Trabajo, sujetos a tributación, integrándose la cuantía percibida en la base imponible general al 100%.
Si se percibe en forma de capital, cuando se trate de la primera prestación y por una misma contingencia, y siempre que hayan transcurrido más de 2 años desde la primera aportación – condición no exigida para las prestaciones por invalidez – se aplicará un coeficiente reductor del 40% es decir, se incorporará a la base imponible el 60%.