Disposiciones
Disposición transitoria
[Abril 2010]En marzo de 2010 la Asamblea General aprobó una modificación tanto en el sistema de cotización como en la regulación de las prestaciones de capitalización de LagunAro, EPSV, estableciendo unos criterios de actuación específicos respecto de las personas mutualistas y pensionistas en alta a dicha fecha.
En virtud de dichos criterios, recogidos en las Disposiciones Transitorias del Reglamento de Prestaciones, las personas mutualistas nacidas antes del 1.1.1961 y en alta al 31.3.2010, pueden mantener el sistema de cotización vigente hasta dicho año, basado en la cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por bases mínimas y en una cotización a LagunAro, EPSV para las prestaciones de capitalización superior a la del sistema vigente desde el 1.4.2010, y que consiguientemente difiere, tanto en lo que concierne al cálculo de las Bases de Cotizaciones como de las Bases Reguladoras de las prestaciones, del regulado en el Capítulo IV de los presentes Estatutos.
También en virtud de la citada modificación se aprobó el acceso a la figura de mutualista en suspenso de todas las personas mutualistas que causen baja en la cotización por Jubilación a partir del 1.4.2010, con independencia del periodo cotizado previamente por esta prestación. Esta regulación no es aplicable a las personas mutualistas que causaron baja con anterioridad a esta fecha, cuyos derechos y obligaciones iniciales quedaron regulados por los textos estatutarios y reglamentarios en vigor en el momento de su baja, afectando la regulación posterior exclusivamente a la evolución futura de los derechos inicialmente reconocidos.
Disposición final
[Abril 2010]Quedan sujetos a estos Estatutos Sociales las personas mutualistas y Cooperativas socias protectoras de la Entidad, así como las personas beneficiarias, actuales y futuras.